martes, 23 de septiembre de 2008

SGAE 0 - Derechos de los internautas 1

La Justicia tumba el cobro del canon digital a las empresas

Varapalo al Gobierno por el canon digital. La Audiencia Provincial de Barcelona ha planteado una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de Luxemburgo para aclarar si la tasa aprobada por el Gobierno vulnera la legislación comunitaria, dejando así en suspenso todos los juicios pendientes por el cobro de la nueva tasa.

En la resolución, a la que ha tenido acceso elEconomista, la Audiencia defiende que las empresas, entidades públicas y despachos profesionales no deben pagar el canon digital tal y como está establecido e insiste en que al imponerlo a todos los artículos electrónicos sin distinguir si estos se van a utilizar o no para realizar una copia privada se podría estar infringiendo la normativa comunitaria.

Sistemas de compensación

La decisión final corresponde ahora a Luxemburgo, pero tal y como recuerda ya la Audiencia de Barcelona, la Comisión Europea ya ha cuestionado en más de una ocasión el canon aprobado por el Gobierno español para remunerar a los autores. En el auto se explica así que Charles Mc Creevy, comisario de mercado interior, examinó en septiembre de 2007 en el Parlamento Europeo los distintos sistemas de compensación asegurando que, en el caso español, "se gravan con cánones muchos productos que pueden utilizarse para realizar copias privadas, pero que sirven también para otro tipo de fines".

Mc Creevy concluyó entonces que, de acuerdo con el análisis realizado por la Comisión, "sólo deben gravarse con cánones los soportes y equipos que puedan utilizarse, y que efectivamente se utilicen en medida apreciable para hacer copias destinadas a uso privado".

La Comisión considera asimismo que los equipos utilizados con fines comerciales, en empresas o en Administraciones Públicas, no deberían gravarse con cánones, "pues ello supone ir claramente más allá de la necesaria compensación por actos autorizados con arreglo a lo dispuesto en la directiva". Una opinión que por primera vez comparte también un tribunal español.

viernes, 12 de septiembre de 2008

Una niña de nueve años "da mejor resultado en la cama" según teólogo marroquí

Una niña de nueve años "da con frecuencia mejor resultado en la cama que una joven de 20". Así lo afirma el jeque marroquí Mohamed Ben Abderrahman Al Maghraoui en un editco islámico (o fatua) según informa El País.

Las niñas de esa edad dan mejores prestaciones que las mujeres adultas.

El susodicho daba esta razón para "legalizar" la unión entra una niña y un hombre adulto. "Nos han contado, y hemos constatado, que las niñas de esa edad dan mejores prestaciones que las mujeres adultas", afirma. "En consecuencia están tan capacitadas para contraer matrimonio como las jóvenes de 20 años"

Al Maghraoui, autor de media docena de libros de teología, colocó la fatua en la página web de su asociación Predicación y Sunna en el Corán.

Polémica sin reacción oficial

Su pronunciamiento ha provocado un gran escándalo en Marruecos, pero hasta la fecha no ha habido ninguna reacción de las autoridades.


Por ello, un abogado de Rabat, Mourad Bakouri, ha denunciado a Al Maghraoui por "vulneración del código de la familia y conculcación de los derechos de la infancia". La nueva ley marroquí, que entró en vigor en 2005, estipula que la edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años, según informa ese diario.

Simplemente vergonzoso, y merecedor este
Mohamed Ben Abderrahman Al Maghraoui de una cadena perpetua en toda regla.